Mediaciones obligatorias antes de avanzar en ejecuciones o desalojos

Este proyecto esta dirigido a que por el lapso de un año, quedaría establecida la necesidad obligatoria de recurrir al cuerpo de mediadores, antes de avanzar en ejecuciones o desalojos de los inmuebles alquilados. En tiempos de recesión y crisis económica a causa de la cuarentena obligatoria, es muy importante acompañar a aquellas familias con dificultades para atravesar estos conflictos. Previous Next En Argentina hay nueve millones de inquilinos e inquilinas, muchos de ellos trabajadores informales, temporarios, o que pertenecen a sectores del comercio y la industria que no están pudiendo llevar delante sus actividades por no ser considerados servicios esenciales. En este marco es que el Estado Nacional se ha visto en la obligación de tomar medidas tendientes a garantizar el acceso a la vivienda en alquiler prohibiendo los lanzamientos por un lado y congelando los aumentos establecidos en los contratos como así también prorrogando los mismos hasta el mes de septiembre del corriente año inclusive. Como necesario corolario a estas medidas de acertado tino, se suspendió por el plazo de un año lo establecido en el artículo 6º de la Ley de Mediación y Conciliación Nacional Nº 26.589. Es por eso que consideramos importante destacar los beneficios de la mediación como método de resolución de conflictos de vital importancia en los tiempos que corren. De esta manera, y por el lapso de un año, quedaría establecida la necesidad obligatoria de recurrir el cuerpo de mediadores, antes de avanzar en ejecuciones o desalojos de los inmuebles alquilados, como forma alternativa de resolución que los conflictos producto de la crisis económica ocasionados en la pandemia. Descarga el proyecto acá
Proyecto para el aumento de las alícuotas a bancos y entidades financieras

Este proyecto esta dirigido a aumentar los ingresos públicos solicitando que los sectores más prósperos de la economía, puedan realizar su aporte solidario en este marco de emergencia sanitaria y social. Solicítar al Poder Ejecutivo Provincial, la posibilidad de analizar en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por la pandemia del COVID-19, la incorporación de manera transitoria y hasta tanto continúe la misma. Previous Next Es real que el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio es correcto y oportuno, pero es costoso. Es costoso porque se necesitan recursos: por un lado para proteger a las familias que se encuentran en cuarentena y necesitan que se las asista, y por otro, es costoso porque se va a requerir mucha inversión pública para poner en marcha nuestra economía cuando la pandemia pase. La pregunta entonces es ¿Quién va a pagar esto? Siempre existieron dos opciones, se puede afrontar vía aumento de los ingresos públicos o se puede pagar en el futuro con distintos recortes. O con una combinación de ambas posibilidades. Por lo tanto, para que haya un aumento en los ingresos públicos, hay que dotar al sistema fiscal, regresivo de un carácter más progresivo, evitando que esta crisis descanse sobre los hombros de las clases medias y de las clases trabajadoras en su totalidad y parte de ellas sean soportadas por quienes han manifestado mayor capacidad de aportar a las necesidades publicas urgentes y emergentes de la pandemia. Se ha caído la recaudación tributaria nacional un 28,3% en términos reales y los ingresos provinciales más de 50% que vendrían muy bien para el momento que vivimos, por eso la propuesta de reemplazar en parte esa disminución, es la aplicación de un incremento en la tasa de Ingresos Brutos, transitoria a las entidades financieras privadas. La iniciativa propone modificar la alícuota a la que debe tributar el sector financiero, en el marco del deterioro generalizado en los ingresos públicos derivado de la pandemia desatada por el Coronavirus COVID-19 y las medidas llevadas a cabo para mitigar la propagación. Por ello, consideramos primordial incluir al sistema financiero si el objetivo es amortiguar costos ineludibles de la debacle global. La presente iniciativa propone gravar, con una alícuota mayor, por el lapso que dure la emergencia, los ingresos de las entidades financieras, cuya actividad permite la diversificación y mitigación de todo tipo de riesgos financieros con mayor asiduidad que ninguna otra. Descarga solicitud acá